Al cierre de mayo se presentaron, ante las instancias correspondientes, unos 210 informes de denuncias por posible delito de evasión fiscal, a tenor de lo tipificado en el Código Penal.
De ellos, explicó a la prensa Belkis Pino Hernández, vicejefa primera de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), se habían radicado 117 casos, y quedaban pendientes unos 63.
Hablamos de la identificación de más de 162 millones de pesos en conductas evasoras que, si bien pareciera alta, los propios directivos reconocen que «hay que accionar más» ante el actuar de los contribuyentes.
«Aún estamos insatisfechos y, sobre todo, tenemos que ser más ágiles a la hora de trabajar estos procederes, porque solo se habían dado seis casos de sentencia firme: dos en Ciego de Ávila, dos en Camagüey, uno en Santiago de Cuba y otro en Holguín», reconoció.
¿Será entonces que los niveles de actuación aún no se corresponden con las conductas evasoras que se manifiestan en el escenario económico actual?
Como en los comportamientos delictivos, los mecanismos empleados para la evasión fiscal evolucionan, al punto de emplear, incluso, las bondades de la exoneración de pago de los trabajadores por cuenta propia o de los recién graduados de las escuelas de arte, en cualesquiera de sus manifestaciones, una vez que comiencen en el ejercicio de su actividad.
De igual forma, unas 600 micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) reportaron pérdidas al cierre del año, «y hemos identificado malos manejos de la contabilidad con casos de posible evasión», resaltó la Vicejefa Primera.
En ese sentido, precisó Judith Navarro Ricardo, especialista de la Dirección Jurídica, la Oficina –además de las acciones que realiza, de atención al contribuyente– intensificó los quehaceres en función de enfrentar con mayor rigor el delito de evasión fiscal, amparadas en la Ley 113 del Sistema Tributario, de 2012.
Entre ellas, destaca la facultad que tiene la administración tributaria de proceder o de formular denuncias cuando detecta la posible existencia de un delito de evasión, comprendido como la intención del contribuyente a no declarar, subdeclarar o establecer acciones que pueden ser fraudulentas con relación al ingreso.
«La ley penal establece las conductas que pueden identificar, a lo que se suman acciones que conducen a la ONAT a presumir la existencia de un posible delito», remarcó Navarro Ricardo.
Por ejemplo, cuando la administración tributaria realiza acciones de fiscalización y se detectan conductas que tipifican un delito de evasión fiscal, entre ellos, la falta de un sistema automatizado de su contabilidad, falsificación de la información o no declarar la cantidad real de trabajadores contratados, procede a formular la denuncia.
Al cierre de mayo se habían ejecutado más de 80 000 acciones de control, determinándose adeudos por un monto de 819 millones de pesos.
En otros casos, acotó la Vicejefa Primera, está el principio de oportunidad. Este se establece cuando la persona asume y se brinda la posibilidad al contribuyente de efectuar el pago, y que el proceso no acuda a juicio.
Sin embargo, resaltó que, para estos casos, debe verse la conducta fraudulenta del contribuyente, ante la omisión de información y subdeclaración de los ingresos.
«Por eso es que la Oficina, aun cuando en ese momento se han archivado expedientes porque el contribuyente pagó, ha tenido encuentros con los diferentes factores que intervienen en el proceso», precisó.
De fiscalizaciones y cuentas bancarias
Hasta mayo habían concluido 48 auditorías fiscales; mientras que se realizaron, en fiscalización, 2 014 acciones de control, además de accionar sobre 78 790 obligaciones.
Pino Hernández señaló que existen alianzas integradoras, junto a otros organismos, que brindan información de trascendencia tributaria a la ONAT, como los niveles de actividad y pago de obligaciones para seleccionar contribuyentes que son objetos de fiscalizaciones en el año.
«Es imposible que la Oficina pueda accionar sobre todos los contribuyentes a nivel de obligaciones, por ello se emplean estas técnicas de cruce de información», destacó.
Estas actuaciones conjuntas propiciaron también que, al cierre de mayo, se efectuaran 323 retiros de autorización para ejercer la actividad de trabajo por cuenta propia –sean de forma temporal o definitiva–, el embargo de 2 253 cuentas bancarias de personas naturales, y el cierre de 15 mipymes por irregularidades en su contabilidad.
Sobre esto último, la Vicejefa Primera acotó que estos embargos se realizan a la cuenta bancaria fiscal, pero en ocasiones se puede proceder con todas las cuentas del contribuyente (o el socio), y una vez que se realiza el pago y se formalice su situación, se procede al desembargo, un proceso similar a los cierres de establecimientos.
Pino Hernández señaló que, hasta mayo, se abrió solo el 76 % de la cuenta bancaria de los obligados a tenerlas, un total de 512 202, siendo los más atrasados los de los sectores artísticos, de comunicadores, diseñadores y el agrícola.
Sin embargo, además de la apertura, se verifica la operatividad de la cuenta, y eso, resaltó Pino Hernández, forma parte del trabajo integrador de la ONAT con otros organismos.
Por otra parte, la especialista de la Dirección Jurídica precisó que, en los primeros cinco meses del año, existían 8 764 personas con deudas al Presupuesto del Estado que tenían regulada la salida del país.
Navarro Ricardo enfatizó en que este proceder está amparado por la Ley, y se ejecuta en coordinación con la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior, hasta tanto no cumplan con su obligación.
Responsabilidad fiscal y compromiso personal
Son la presentación de la Declaración Jurada (DJ) y el pago de tributos procesos que constituyen, de forma general, un deber fiscal y una responsabilidad social para los involucrados, por ello la importancia de los resultados alcanzados este año.
Pino Hernández explicó que se logró obtener una disciplina en la presentación de la DJ por encima de los resultados en estos años, a partir, también, del vínculo y la interrelación entre los actores del territorio y el Gobierno.
La campaña de Declaración Jurada de impuestos sobre ingresos personales concluyó con un 99,2 % de presentación, aunque quedaron omisos –personas que no presentaron su DJ– unos 4 744 contribuyentes, la mayoría de ellos en la capital, seguidos de Villa Clara, Matanzas y Camagüey.
En el caso de la DJ del sector agropecuario, se logró un cumplimiento del 100 %.
Resaltó que, en el caso de las utilidades, se alcanzó un 99,8 %, quedando 34 contribuyentes omisos; mientras que los dividendos concluyeron al 98,5 %, con un omiso de 116 socios que corresponden, la mayoría, a la provincia de Granma.
Con estos resultados –dijo–, nos dimos a la tarea de, concluida la campaña, actuar sobre todas las personas que no presentaron su DJ a tiempo.
En estos momentos se contabilizan más de 1 109 000 contribuyentes, de ellos son personas jurídicas 35 448, con gran representación de las mipymes (9 084); mientras que existen 1 074 000 contribuyentes personas naturales, de las cuales más de 527 000 son trabajadores por cuenta propia.
Aportar mediante los tributos al Presupuesto del Estado, más que una responsabilidad fiscal, es un compromiso personal, y su incumplimiento califica como una infracción administrativa tributaria, que se agrava al incurrir en conductas fraudulentas, dolosas, tendentes a no pagar o pagar menos de lo debido, las que pueden llegar a constituir un presunto delito de evasión fiscal. (Susana Antón Rodríguez)