Aprueban Ley de la transparencia y acceso a información pública

El texto legal contribuirá al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública.

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Eduardo Martínez, ministro del Citma.
Eduardo Martínez Díaz, ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. (Foto: Luis Jimenez Echevarría)
ACN
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18 Julio 2024

La Habana, 18 jul (ACN).— La Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento) aprobó hoy la Ley de la transparencia y el acceso a la información pública, primera norma jurídica de su tipo en Cuba, la cual contribuirá al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública.

Este texto legal, que se inserta en el Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista, contribuirá también a la garantía de los derechos ciudadanos, previstos en la Constitución de la República, explicó Eduardo Martínez Díaz, ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al presentar el proyecto ante el órgano legislativo.

Además, tributará a la reducción de la corrupción administrativa y el soborno en todas sus formas, a crear instituciones eficaces y transparentes y que respondan a las necesidades de acceso a la información pública, así como a proteger las libertades fundamentales, de conformidad con la legislación nacional y los acuerdos internacionales de los cuales Cuba es firmante.

Esta disposición normativa instrumenta los mecanismos que garantizan el acceso de la ciudadanía a la información de la Administración Pública.

 Se entiende por información pública, aquella que generan o custodian los sujetos en el ejercicio de sus funciones públicas, así como las personas naturales y jurídicas que reciben financiamientos y otros beneficios públicos.

La ley refiere que los solicitantes son responsables de su uso, por lo que, de hacerlo indebidamente, puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, conforme a la legislación vigente.

Se consideran excepciones para el acceso, la información clasificada o limitada y aquellas circunstancias, hechos o atributos que, de divulgarse, constituyan un daño, peligro, afectación o violación para la soberanía, defensa y la seguridad nacional, los datos personales, un procedimiento judicial o administrativo en trámites, los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad de datos comerciales y el medio ambiente.

Los diputados coincidieron en los retos que supone la implementación del texto legal y en la importancia de la capacitación de las personas e instituciones vinculadas.

Para la elaboración de esta Ley se estudiaron 11 decretos-leyes nacionales y se realizó un estudio comparado de 123 leyes de transparencia y acceso a la información en el mundo.

De los 33 países de América Latina y el Caribe, 28 cuentan con este tipo de legislación.

La Ley entrará en vigor a los 180 días hábiles siguientes, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

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