Una Ley única y prioritaria para transparentar la información pública

La norma establece un equilibrio entre la información que se transparenta o accede, y la protegida.

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Diputadas en Asamblea Nacional
Se plantea que todas las personas tienen derecho a acceder y consultar la información pública, cuando no se encuentre transparentada, lo que comprende el derecho de recibirla y divulgarla, siempre que no se incluya entre las excepciones establecidas. Foto: José M. Correa
Tomado de la edición digital del periódico Granma
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19 Julio 2024

Por primera vez, Cuba cuenta con una Ley que regula la transparencia y el acceso a la información pública, aprobada por los diputados en el Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en la X Legislatura.

Eduardo Martínez Díaz, titular del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, explicó al presentar la norma que esta regula, controla y promueve la cultura de la transparencia en la gestión pública, contribuye al control popular sobre los actos en la gestión pública, y presenta coherencia con otras normas jurídicas.

Asimismo, tributa al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas (instituciones eficientes, responsables y transparentes), en tanto también establece el equilibrio necesario entre la información que se transparenta o accede y la protección de aquella que se necesita resguardar para asegurar la defensa y la seguridad nacional.

Agregó que, en correspondencia con los procedimientos de intercambios, se recibieron 307 opiniones entre diputados, población, grupo de capacidad legislativa y organismos de la Administración Central del Estado y gobiernos, de los cuales se aceptaron de forma total y en parte, unos 111.

Se estudiaron, en el ámbito nacional, 11 decretos-leyes, y se realizó un estudio comparado de 123 leyes de transparencia y acceso a la información en el mundo. De los 33 países de América Latina y el Caribe, 28 de ellos cuentan con este tipo de legislación.

Asimismo, se tuvo en cuenta lo refrendado en la Constitución, el Decreto-Ley asociado a la seguridad y protección de la información oficial, y se consultaron, además, las políticas y disposiciones normativas relacionadas con el sistema de registros públicos, la gestión documental y de archivos, el sistema de información de gobierno, la informatización de la sociedad, la protección de datos personales, la simplificación e integración de los servicios y trámites, así como la de comunicación social del Estado y el Gobierno.

Esta Ley, precisó Martínez Díaz, se fundamenta esencialmente en la observancia de los preceptos constitucionales que establecen los principios fundamentales del Estado Socialista de Derecho, y contribuye al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública, así como a la garantía de los derechos ciudadanos previstos en el texto constitucional.

De acuerdo con la norma, los sujetos obligados establecen programas de difusión y capacitación para el personal que forme parte de las estructuras de gestión de la información, documental y de archivos, y todo aquel que lo requiera en materia de transparencia y acceso a la información pública, en el ámbito de lo regulado.

«Es vital explicar, fundamentar y convencer al pueblo de la justeza, necesidad y urgencia de una medida, por dura que parezca», destacó el Ministro. (Susana Antón Rodríguez)

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