Actualizan sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones

La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó hoy la Ley del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones de la República de Cuba, la cual ordena y perfecciona las disposiciones normativas vigentes.

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Vanguardia - Villa Clara - Cuba
(Foto: Luis Jiménez Echevarría)
ACN
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19 Julio 2024

La Habana, 19 jul (ACN) En cumplimiento del cronograma legislativo, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó hoy la Ley del Sistema de Títulos Honoríficos y Condecoraciones de la República de Cuba, la cual ordena y perfecciona las disposiciones normativas vigentes.

Al calor de su debate, Oscar Manuel Silvera Martínez, ministro de Justicia, explicó que el texto legal establece la creación, modificación o extinción de titulos honoríficos y condecoraciones; el otorgamiento, imposición o entrega de los mismos; así como los derechos y obligaciones de los condecorados, entre otros aspectos.

La normativa, detalló el titular ante Miguel Díaz-Canel, Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, explica cuáles son los sujetos y los méritos para su otorgamiento; la creación, modificación o extinción como facultades del Consejo de Estado, definiendo las autoridades que las proponen.

Detalló que dispone lo relativo al uso de las insignias y de los pasadores o certificaciones acreditativas; determina las pautas a seguir para la privación o el restablecimiento de un título, instituye la integración de comisiones temporales para evaluar las solicitudes de creación, modificación, otorgamiento, extinción, privación o restablecimiento; define el proceder ante la pérdida, deterioro o destrucción de las insignias, pasadores o certificaciones acreditativas y regula lo concerniente al registro de títulos honoríficos y condecoraciones, y su control administrativo.

Silvera Martínez señaló que con esta ley se modifican, completan o derogan las disposiciones normativas relacionadas con la materia.

Agregó que los títulos honoríficos y condecoraciones se otorgan a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como a ciudades, pueblos, familias y colectivos.

El Ministro recalcó que esos reconocimientos se pueden otorgar con carácter póstumo a las personas naturales, siempre que concurran los requisitos y las circunstancias establecidas en la normativa y su reglamento. 

Consideró que es una ley necesaria, pues ofrece una visión conceptual más sistémica y acorde con el presente.

José Amado Ricardo Guerra, secretario del Consejo de Ministros y diputado por el capitalino municipio de Diez de Octubre, anotó que para la aprobación de la nueva norma se partió de otra con una base robusta, establecida en 1978, pero que requería de una actualización. 

Algunas condecoraciones ya no forman parte de este nuevo sistema, como las medallas a los Combatientes de la Guerra de Liberación, la de la Alfabetización y por la Defensa de Cuito Cuanavale.

Ricardo Guerra adelantó que el Consejo de Estado trabaja en una nueva condecoración para el 2026, fecha en que se conmemorará el aniversario 70 del Desembarco del Granma y Día de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. 

La Ley, aprobada este viernes en sesión plenaria, entrará en vigor a los 180 días hábiles de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

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