Comenzará este lunes inscripción de ciclomotores

El proceso tiene como objetivo lograr una mayor seguridad jurí­dica y vial para los poseedores legales.

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Infografía sobre inscripción de ciclomotores.
(Infografía: Carlos Rodríguez Torres)
Idalia Vázquez Zerquera
Idalia Vázquez Zerquera
@IdaliaVzquez
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23 Noviembre 2019

A  partir del 25 de noviembre comenzará en Villa Clara la inscripción de ciclomotores, para dar cumplimiento a la Resolución 35 del Minint, con fecha 30 de septiembre del 2019, publicada el 14 de octubre en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Con el propósito de esclarecer dudas sobre el tema, el mayor Norberto Valdés Mací­as, al frente de la Oficina de Registro de Vehí­culos de Santa Clara, accedió a una entrevista para Vanguardia.

¿Objetivos del proceso?

Una mayor seguridad jurí­dica y vial de sus poseedores legales, mediante medidas organizativas y de control. De esta forma, se hace cumplir la Ley 109 del Código de Seguridad Vial, sobre la obligatoriedad de inscribir en el Registro de Vehí­culos los carros de motor que circulan por las ví­as, y otorgar las matrí­culas de identificación y licencia de circulación.  

¿A qué obedece su inscripción en estos momentos?

El Decreto 320 de diciembre del 2013 del Consejo de Ministros autoriza a las personas naturales a importar ciclomotores eléctricos. Ello ha incrementado su circulación, la indisciplina vial, la accidentalidad y hechos de robo o sustracción.

¿Cuáles son los ciclomotores a inscribir?

Los que tengan apariencia de motocicleta o de bicicleta eléctrica, y los de tres y cuatro ruedas. No se inscriben las carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete y los Segway (transportador personal). Tampoco las sillas de ruedas eléctricas ni las bicicletas de pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar, con una potencia hasta de 250W, que deja de funcionar cuando se alcanza una velocidad de 25 km/h, pues tienen igual tratamiento que las bicicletas convencionales.

Infografí­a sobre inscripción de ciclomotores.
No se inscriben, y por tanto no podrán circular, los ciclomotores construidos mediante el ensamblaje de partes y piezas, de acuerdo con lo establecido en el artí­culo 229 de la Ley 109 Código de Seguridad Vial.

«No podrán circular ciclomotores construidos mediante el ensamblaje de partes y piezas, ni los que presenten delitos o estén circulados. Tampoco, los medios que fueron comercializados en el paí­s y que requieren facturas o contrato de compraventa, como Karpaty y Riga, ni los que están registrados, pero no reinscritos por cualquier motivo. Sí­ lo podrán hacer las motos Whizzer originales ».

¿Requisitos para la inscripción?

Ser mayor de 18 años. De no poder concurrir por estar fuera del paí­s, hospitalizado o incapacitado, el trámite podrá hacerlo otra persona mayor de edad con los documentos legales y un poder notarial. Si el titular es una persona jurí­dica, lo hará el representante acreditado ante el Registro de Vehí­culos, previa presentación de su carné de identidad y la credencial que lo identifica como tal. También, llevará el ciclomotor limpio para inspeccionar su estado técnico.

¿Otros requerimientos?

El poseedor deberá presentar 45,00 pesos en sellos timbrados, 40,00 por la inscripción inicial, que incluye licencia de circulación y chapa de identificación, y 5,00 por la pegatina. Entregar la factura de compra o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora para los adquiridos en el paí­s, y el modelo de solicitud de inscripción emitido por la Aduana General de la República para los importados. Los que no posean esa documentación o esté a nombre de otra persona deberán hacer una declaración jurada.

¿Procedimientos para llenar la declaración jurada?

Se realiza ante el funcionario en el modelo establecido para ello,   y se acredita la posesión lí­cita del medio, forma y fecha de adquisición, y datos registrales del ciclomotor. La declaración jurada no convalida los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien ni exonera a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido.

¿Cronograma para proceder a la inscripción?

Consta de cuatro etapas. La primera comenzará el 25 de noviembre y se extenderá hasta el 29 de febrero del 2020. En esta ocasión, de manera excepcional y por única vez, se convoca a las personas naturales poseedoras de ciclomotores de combustión interna, que estarán obligadas a concurrir. De no hacerlo, pierden la oportunidad de regularizarse y no podrán circular.

La segunda del 2 de marzo al 30 de abril del 2020, en igual tipo de ciclomotor, incluye a las personas jurí­dicas. La tercera del 4 de mayo de 2020 al 27 de febrero del 2021 convoca a personas naturales poseedoras de ciclomotores eléctricos y la cuarta del 1 º. de marzo de 2021 al 31 de mayo de ese año, a las personas jurí­dicas con este último tipo de ciclomotor.            

A partir del lunes, ¿dónde deberán dirigirse los propietarios de ciclomotores?

La inscripción se realiza en la Unidad de Trámites que atiende el Registro de Vehí­culos, correspondiente al domicilio del poseedor.

En el caso de los municipios, se creará una oficina móvil atendida por sus homólogas de Santa Clara y Sagua la Grande en sus respectivas oficinas de trámites (OT), la cual funcionará por espacio de tres dí­as en cada localidad. De no asistir en ese tiempo, los propietarios acudirán a la perteneciente a su municipio para solicitar un turno. También podrán informarse en los teléfonos 42213011 (OT Santa Clara) y 42666772 (OT Sagua la Grande).

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