Culmina plazo legal para presentación de la declaración jurada y liquidación del impuesto sobre las utilidades

El pasado 31 de marzo culminó el plazo legal establecido por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en Villa Clara para la presentación de la declaración jurada y liquidación del impuesto sobre las utilidades para personas jurídicas.

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Vanguardia - Villa Clara - Cuba
Chábeli Rodríguez García
Chábeli Rodríguez García
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02 Abril 2023

El plazo legal establecido por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en Villa Clara para la presentación de la declaración jurada y liquidación del impuesto sobre las utilidades para personas jurídicas, concluyó el pasado 31 de marzo. Plazo que comenzó el primero de enero, según lo establecido en la Ley No. 113 del Sistema Tributario Cubano.

En la provincia de Villa Clara «de un potencial de 692 entidades, todas cumplieron a un cien por ciento de presentación y pago de este importante impuesto, que permite recaudar ingresos en cumplimiento al encargo estatal para nuestro pueblo», afirmó Nancy Prado, Jefa del Departamento de Atención al Contribuyente de la ONAT provincial. Según declara la Ley No. 113 del Sistema Tributario Cubano en su Artículo 3, «los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos, han de constituir instrumentos de la política económica general y responder a las exigencias del desarrollo económico-social del país».

Nancy Prado informó, asimismo, que «la campaña de declaración y pago de tributo no ha llegado a su fin. Todavía estamos inmersos en la campaña de declaración jurada número 08 de diferentes figuras, como los trabajadores por cuenta propia, el sector artístico, el personal de apoyo de la cultura, la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, las empresas mixtas».

La funcionaria exhortó a todos los contribuyentes que tengan confeccionada su declaración jurada, a presentarse en las Oficinas de la Administración, donde tienen buzones para facilitar la entrega del citado documento. «El plazo de presentación de la declaración jurada 08 culmina el 2 de mayo. Mientras que el impuesto sobre transporte terrestre, culmina el 30 de septiembre. Este pago también lo pueden realizar a través de los canales electrónicos, mediante Transfermóvil, para lo cual tendrá un descuento de un tres por ciento por el uso de esta plataforma digital», explicó Nancy Prado.

 

 

 

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