Liena María Nieves
Liena Marí­a Nieves
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17 Junio 2016

 El Consejo de la Administración Municipal de Santa Clara (CAM), aprobó esta semana una serie de nuevas disposiciones en función del ordenamiento del trabajo por cuenta propia (TPCP) en la capital provincial, las cuales inciden, fundamentalmente, en algunas de las actividades más sensibles y cuestionadas por la población.

La actualización del Reglamento de servicio para la transportación de pasajeros y de cargas del sector no estatal, incluyó la adición de cuatro artí­culos especí­ficos para los coches de tracción animal, según informó Jesús Manuel Sánchez Villalobos, vicepresidente del CAM.  

El vertimiento de estiércol en la ví­a constituirá una invalidante inmediata y definitiva de la Licencia Operativa de Transporte (LOT); se refuerza el seguimiento de lo establecido por la Ley 109 respecto al sistema de luces en horas del amanecer y de la tarde noche, así­ como la vigilancia sobre las condiciones y requerimientos constructivos que se deben garantizar en aras de promover la seguridad de los pasajeros. Además, desde este viernes 17 de junio, queda terminantemente prohibida la circulación de los carretones de carga dentro del anillo de la ciudad, para lo cual inició la colocación de señales de tránsito en toda el área.

El vicepresidente del CAM en Santa Clara explicó que los organismos que mantení­an contratos con estos medios de transporte como la Empresa de Restaurantes y Recreación, Gastronomí­a Popular, Comunales y, en menor cuantí­a, Salud Pública ya fueron advertidos sobre la contravención y han de acatarla con carácter inmediato.

Sánchez Villalobos expuso que la eliminación progresiva  de11 de las 26 áreas comunes aprobadas en la ciudad, obedece al efecto negativo que ejercen sobre la seguridad vial y las regulaciones urbaní­sticas. En este minuto, se trabaja en el área común Las Flores conocida por los santaclareños como la “candonga”, luego de su traspaso al Grupo Empresarial de Comercio. Algunas de las medidas emergentes radican en la determinación del alcance de las actividades por cuenta propia que allí­ se ejercen, dado la explosión de kioscos dedicados a la reventa de artí­culos de las Tiendas Recaudadoras de Divisas (TRD).

En cuanto al ordenamiento de la actividad de vendedor ambulatorio de productos agrí­colas (carretilleros), y bajo el amparo legal de lo dispuesto en la Resolución 42/2013, el CAM decidió establecer regulaciones urbaní­sticas que comprenden, en lo fundamental, la definición de itinerarios y zonas de acceso para el ejercicio de esta labor.

«Durante las primeras dos semanas de junio, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) emitió las notificaciones a los carretilleros de cada consejo popular. Entre el 3 y el 9 de junio, 308, de un total de 554, acudieron disciplinadamente a recibir la información; solo 16 no fueron citados porque no coincidí­an con la dirección que aparece en el MTSS. Estos encuentros permitieron detectar varias irregularidades e, incluso, se les explicó que aunque en La Habana, Artemisa y Mayabeque existan puntos fijos destinados a esta actividad, en Santa Clara nunca se ha permitido.

«La insostenibilidad en la rigurosa aplicación de la ley y la falta de seguimiento por parte de las autoridades, favorecieron el descontrol. El CAM en Santa Clara se adscribe a las palabras de nuestro presidente, Raúl Castro Ruz, cuando indicó, el 18 de diciembre del 2010, que respecto al TPCP no podí­an generarse estigmas ni prejuicios, pero que el desempeño de cualquier tipo de actividad demanda un estricto cumplimiento de la ley tributaria, de la disciplina y de las regulaciones del Estado »,  aseveró Sánchez Villalobos.

De esta manera, queda prohibida la circulación de carretilleros por las siguientes calles:

  • Carretera Central, desde Banda Placetas hasta Banda Esperanza
  • Toda la circunvalación de la ciudad
  • Desví­o de Maleza
  • Carretera a Camajuaní­, desde la Cruz hasta la circunvalación
  • Carretera a Sagua, desde el ferrocarril hasta la circunvalación
  • Carretera de Maleza, desde Carretera a Sagua hasta la circunvalación
  • Calle Unión, desde el Ferrocarril hasta la Central
  • Calles Maceo, Colón, Cuba, Paseo de la paz, Avenida 7 de diciembre, San Miguel, Tristá, Independencia y Martí­
  • Avenida Sandino, hasta la Avenida del Papa
  • Doble Ví­a (Reparto Escambray)
  • Cuadrante que abarca parte del centro histórico: de la calle Martí­ a Nazareno y de la calle Maceo hasta la carretera Central, intersección de Marta Abreu.

Las áreas en las que se prohí­be la circulación de carretilleros de forma ambulatoria son:

  • íreas de la Plaza Ernesto Che Guevara, comprendiendo las intersecciones que convergen a esta, y a más de 100 metros del complejo escultórico
  • írea del Tren Blindado, desde el Puente de La Cruz hasta la calle C, incluyendo el parqueo lateral
  • Calles que están alrededor de instituciones polí­ticas y gubernamentales
  • Calles próximas a los hospitales Celestino Hernández, Arnaldo Milián, Hospital Militar Manuel Fajardo, Materno Mariana Grajales, Cardiocentro Ernesto Guevara y Pediátrico José Luis Miranda
  • Calles cercanas a los policlí­nicos Marta Abreu, XX Aniversario, Santa Clara, Capitán Roberto Fleites, Chiqui Gómez y Nazareno

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